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dc.contributor.advisorMtro. Javier Martín Reyes
dc.creatorIbarra Olguín, Frida Daniela
dc.date.issued2018
dc.identifier162789.pdf
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11651/2727
dc.description.abstractLa transformación de la labor judicial, de un papel pasivo por parte de los jueces por medio de la “aplicación automática de la ley” a un papel activo mediante la interpretación normativa, implicó que los distintos tribunales constitucionales centraran su tención en dotar de mayor objetividad y legitimidad a sus resoluciones. En este sentido, tanto los sistemas de origen europeo, en especial Alemania, como el modelo norteamericano de judicial review, se vieron en la necesidad de crear herramientas metodológicas de interpretación, herramientas que cambiarían la manera tradicional de resolución jurisdiccional de los conflictos. Estados Unidos cuenta con el llamado juicio de igualdad, el cual contiene tres niveles de escrutinio: uno intermedio y uno estricto. Alemania, por su parte, ha venido utilizando el famoso test de proporcionalidad, integrado por tres gradas (idoneidad o adecuación, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto). Estos dos tipos de instrumentos metodológicos han sido incorporados ─y adaptados─ en distintas partes del mundo. México no ha sido ajeno a este proceso de incorporación y adaptación, en efecto, nuestro país ha tomado como referentes a los Estados Unidos ─juicio de igualdad─ y a Alemania ─tes te proporcionalidad─ para ir creando su propia versión de una herramienta metodológica que sirva para la resolución de posibles conflictos entre derechos o bien, entre un derecho y un principio constitucional. No obstante, en México, uno de estos elementos, los niveles de escrutinio del test de igualdad, ha sido trasladado al test de proporcionalidad, sin parecer existir una justificación adecuada para mezclar elementos de dos test con estructuras diferentes. En razón de ello, este trabajo pretende realizar un análisis crítico del uso de los niveles de escrutinio del test de igualdad en el test de proporcionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para determinar si su utilización es justificada o, por el contrario, se trata más bien de una innovación metodológica innecesaria que, aunque en apariencia “progresistas” o “revolucionarias”, son producto de una falta de entendimiento de las estructuras metodológicas ya existentes.
dc.formatapplication/PDF
dc.language.isospa
dc.publisherEl Autor
dc.rightsCon fundamento en los artículos 21 y 27 de la Ley Federal del Derecho de Autor y como titular de los derechos moral y patrimonial, otorgo de manera gratuita y permanente al Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C. y a su Biblioteca autorización para que fije la obra en cualquier medio, incluido el electrónico, y la divulguen entre sus usuarios, profesores, estudiantes o terceras personas, sin que pueda percibir por tal divulgación una contraprestación.
dc.subject.lcshProportionality in law -- Mexico.
dc.subject.lcshEquality before the law.
dc.subject.lcshDispute resolution (Law) -- Mexico.
dc.titleEl uso de los niveles de escrutinio: su inconveniencia para el test de proporcionalidad
dc.typeTesis de licenciatura
dc.accessrightsAcceso abierto
dc.recordIdentifier000162789
dc.rights.licenseCreative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional CC BY-NC-ND
thesis.degree.grantorCentro de Investigación y Docencia Económicas
thesis.degree.nameLicenciatura en Derecho


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